PLD alerta sobre riesgos a la libertad de expresión, la prensa y la denuncia ciudadana.


El Partido de la Liberación Dominicana alerta sobre las marcadas y malsanas intenciones del gobierno de impulsar iniciativas con el propósito de silenciar la libre expresión de pensamiento, características que guardan una estrecha similitud con los inicios de los regímenes totalitarios y dictatoriales.

El PLD se hace eco de denuncias realizadas en el pasado reciente, que dan cuenta que disposiciones del nuevo Código Penal; de la Ley 1-26 que crea la Dirección Nacional de Inteligencia, así como del proyecto de Ley Orgánica de Libertad de Expresión y Medios Audiovisuales, introducido en el Senado de la República en mayo del 2022, van en contra de la difusión del pensamiento.

La alerta fue hecha por Iván Lorenzo, vicepresidente del PLD, en compañía de la también vicepresidenta, Zoraima Cuello José Dantés Diaz, secretario de Asuntos Jurídicos y miembro del Comité Político, Héctor Olivo y Joselito Feliz de las estructuras de Comunicación del PLD en rueda de prensa este lunes en la Casa Nacional Reinaldo Pared Pérez.

La organización política expone que disposiciones del nuevo Código Penal, que entraría en vigencia en agosto y de la Ley que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), atentan con amenazas de prisión, no solo para la prensa, influencers y quienes realizan labores de comunicación en plataformas virtuales, sino para toda la ciudadanía dominicana que desee hacer una denuncia con fines de investigación.

Destaca que todo ello, en franca violación al criterio firme del Tribunal Constitucional que ha eliminado las penas de prisión para los delitos de difamación e injuria en dos sentencias.

Al partido le preocupa particularmente que figuras penales redactadas de forma ambigua, sanciones que incluyen privación de libertad para determinadas expresiones y facultades amplias de inteligencia estatal puedan generar un ambiente de temor, autocensura e incertidumbre incompatible con las garantías consagradas en el artículo 49 de la Constitución de la República.

Recuerda que, mediante la Sentencia TC/0075/16, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales disposiciones de la Ley 6132 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento que establecían sanciones penales por difamación e injuria contra funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones. Posteriormente, mediante la Sentencia TC/1148/25, reafirmó criterios orientados a impedir que la privación de libertad sea utilizada como mecanismo de restricción del ejercicio de la libertad de expresión.

Asimismo, el nuevo Código Penal introduce la figura de “ultraje a funcionarios” en los artículos 309 al 311. La amplitud de su redacción y la severidad de las sanciones previstas generan una preocupación legítima sobre su eventual utilización para restringir críticas, cuestionamientos o expresiones dirigidas a quienes ejercen funciones públicas.

La protección del honor y la dignidad de los funcionarios es un objetivo legítimo. Sin embargo, en una sociedad democrática, dicha protección debe armonizarse con el derecho de la ciudadanía a cuestionar, investigar, denunciar y fiscalizar el ejercicio del poder público.

Por ello, entendemos que la Ley 1-26 debe ser objeto de revisión en aquellos aspectos que pueden generar incertidumbre respecto de los límites de actuación de la autoridad o afectar garantías constitucionales vinculadas a la libertad de expresión, la protección de fuentes periodísticas y el derecho de los ciudadanos a participar libremente en los asuntos públicos.

En consecuencia, el Partido de la Liberación Dominicana propone: que el Proyecto de Ley Orgánica de Libertad de Expresión y Medios Audiovisuales, que recientemente perimió en el Senado de la República, sea ampliamente debatido en el seno del Consejo Económico y Social (CES) antes de cualquier eventual reintroducción en el Congreso Nacional, garantizando la participación de periodistas, medios de comunicación, académicos, juristas y organizaciones de la sociedad civil.

También que antes de la entrada en vigencia del nuevo Código Penal, que se elabore y se someta, urgente, un proyecto de ley que adecúe los artículos 208 al 213 y las disposiciones relativas al denominado “ultraje a funcionarios” contenidas en el nuevo Código Penal, a los principios consagrados en la Constitución de la República y a la jurisprudencia vinculante del Tribunal Constitucional, eliminando toda posibilidad de privación de libertad por expresiones amparadas por la libertad de expresión y garantizando una regulación precisa, proporcional y compatible con el debate democrático, entre otros.

Y que se revise la Ley 1-26 que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), particularmente en lo relativo a la definición de los intereses y objetivos nacionales, el fortalecimiento de los mecanismos de supervisión institucional y la ampliación de las garantías para la protección de fuentes periodísticas, el secreto profesional y los derechos fundamentales de los ciudadanos.